Aprueba LXV Legislatura remitir iniciativa en materia laboral a Congreso de la Unión

Aprueba LXV Legislatura remitir iniciativa en materia laboral a Congreso de la Unión

El Congreso del Estado, aprobó con 38 votos, remitir al Congreso de la Unión la iniciativa presentada por la diputada Brianda Kristel Hernández Topete, por la que se realiza una adición al artículo 64 Bis al Capítulo II del Título Tercero de la Ley Federal del Trabajo, a fin de otorgar facilidades a las madres y padres o tutores trabajadores que necesiten acudir a los centros educativos para recoger a sus hijas e hijos sin que esto afecte el cumplimiento de las responsabilidades laborales.

Las y los integrantes de la Comisión Permanente de Trabajo y Previsión Social, concuerdan con lo señalado en la iniciativa ante la necesidad de que la madre, padre o tutor trabajador, que así lo requiera, necesiten salir de su centro laboral para recoger a sus hijas e hijos de los centros educativos en los que estudien, utilizando una a dos horas máximo de su jornada laboral para esta actividad, incorporándose posteriormente a su centro de trabajo para reponer el tiempo utilizado, de acuerdo a su horario de trabajo establecido sin exceder los máximos legales.

La propuesta reconoce que el actual sistema educativo no es compatible con los horarios laborales y que la necesidad de trabajar deriva en jornadas mayores de ocho horas, sin posibilidad de pedir permiso por el riesgo de perder el empleo.

Con la propuesta ante el Poder Legislativo Federal, no se pretende reducir las jornadas laborales, sino facilitar a las madres, padres de familia o tutores trabajadores, cumplir con el compromiso y responsabilidad del cuidado de sus hijas e hijos protegiéndolos de cualquier riesgo o peligro al que pudieran estar expuestos.

Recibe Congreso Iniciativa del Gobernador en materia de servicios del Estado

Recibe Congreso Iniciativa del Gobernador en materia de servicios del Estado

La LXV Legislatura dio entrada a la Iniciativa con proyecto de Decreto que reforma,
adiciona y deroga diversas disposiciones del Código de Derechos para el Estado de
Veracruz de Ignacio de la Llave, presentada por el gobernador del estado, Cuitláhuac
García Jiménez.
En el contenido, destaca la adición de una fracción al Artículo 16, que contiene los
servicios que presta la Secretaría de Finanzas y Planeación (Sefiplan), para que los
contadores públicos autorizados que fungen como coadyuvantes con las autoridades
fiscales en la emisión de los dictámenes de cumplimiento de obligaciones fiscales, en
caso de no presentar constancia del cumplimiento de la educación continua dentro del
plazo establecido en las disposiciones jurídicas aplicables y como consecuencia de ello,
les sea cancelado su registro, tendrán la oportunidad de solicitar su reinscripción al
padrón de contador público autorizado, previo cumplimiento de los requisitos establecidos
en las disposiciones jurídicas aplicables.
También se propone añadir el Artículo 22 Ter, a fin de establecer el catálogo de servicios
que presta la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Rural y Pesca (Sedarpa) para las
actividades de pesca comercial y de fomento en aguas de jurisdicción estatal, tiene la
finalidad de transparentar los permisos que se otorgan a quienes se dedican a la pesca y
la acuacultura, con lo que se les otorga certidumbre jurídica y se propicia una mejor
supervisión y control sobre estas actividades.
La propuesta de reforma y adición del Artículo 28 tiene como objeto precisar el catálogo
de servicios para cumplir adecuadamente con la política laboral del gobierno para
impulsar el empleo y la ocupación productiva de las y los veracruzanos.
En la adición del Artículo 33 Bis se incluye el catálogo de servicios prestados por el
Instituto Veracruzano de Desarrollo Municipal (Invedem) para dar certidumbre jurídica
respecto a sus costos y propiciar la transparencia para la recepción de los mismos.
Se incorpora también la Universidad Popular Autónoma de Veracruz (UPAV), en el
Artículo 59 Quáter, así como el Instituto Veracruzano del Deporte (IVD), en el Artículo 33.
Esta Iniciativa fue turnada a las Comisiones Permanentes Unidas de Hacienda del Estado
y de Hacienda Municipal.
Avala Congreso uso de aplicaciones para servicios turísticos y de hospedaje

Avala Congreso uso de aplicaciones para servicios turísticos y de hospedaje

Con 45 votos a favor, el Pleno legislativo aprobó el Dictamen con Proyecto de Decreto,
presentado por la Comisión Permanente de Turismo, por el que se regula la prestación de
servicios de hospedaje y turísticos en relación con el uso y aprovechamiento de
aplicaciones tecnológicas.
El Dictamen aprobado es resultado de la Iniciativa presentada el 16 de enero de 2020 por
la diputada María Esther López Callejas, quien propuso para tal efecto reformar diversas
disposiciones de la Ley de Turismo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
La reforma y la adición al artículo 4 de la referida ley definen que los prestadores de
servicios turísticos son “quienes ofrezcan, proporcionen o contraten servicios para las y
los visitantes, incluyendo los ofertados por medio de aplicaciones, redes sociales,
plataformas digitales o cualquier otro medio de aplicación similar”.
Para esto, precisa que debe entenderse por plataforma digital “la aplicación tecnológica
mediante la cual la persona física o moral administradora opera en su carácter de gestor,
intermediario, promotor, facilitador o cualquier otra actividad análoga, que permite a las y
los usuarios contratar servicios de hospedaje”.
La reforma al Artículo 5, señala como atribución de la Secretaría de Turismo y Cultura del
estado (Sectur) coadyuvar con el Ejecutivo federal en materia de clasificación de
establecimientos de hospedaje y servicios turísticos, en los términos de la regulación
correspondiente, “incluyendo los ofertados por medio de aplicaciones, redes sociales,
plataformas digitales o cualquier otro medio de aplicación similar”.
Garantizar ingreso básico universal frente a contingencias sanitarias, pide Diputado

Garantizar ingreso básico universal frente a contingencias sanitarias, pide Diputado

El diputado Omar Guillermo Miranda Romero presentó una Iniciativa con proyecto de
reforma parcial a la Constitución para el Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio
de la Llave, en materia de ingreso básico universal frente a contingencias sanitarias.
El integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional dijo, al presentar su
propuesta, que la situación derivada de la pandemia originada por el Covid-19 es
apremiante y que, de acuerdo con el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de
Desarrollo Social (Coneval), antes de ésta, existían en la entidad veracruzana más de 5
millones de personas que se encontraban en situación de pobreza y casi un millón y
medio en pobreza extrema.
La pandemia, de la que se contabilizan más de 395 mil infectados y más de 44 mil
defunciones –prosiguió el legislador-, ocasionó que el número de mexicanos en pobreza
laboral creciera en 24.4 millones ocasionando así que en México 69.6 millones de
personas no tengan para la canasta básica.
En cuanto a certidumbre laboral, de los más de 9 millones de mujeres que no contaron
con un empleo en abril, el 72 por ciento indica no tener certeza de regresar a su trabajo al
término de la pandemia y de los más de 6 millones de hombres, 61 por ciento se
encuentra en la misma situación, añadió.
La adición de un segundo párrafo de la fracción V del Artículo 49 establece que “en caso
de emergencia sanitaria, epidemia, pandemia, o derivado de cualquier situación en
materia de salud o desastre natural que impida el desarrollo de la educación pública, la
protección a la salud, la seguridad humana y el progreso y bienestar social y económico
de la ciudadanía, el Gobernador deberá garantizar el derecho a una renta mínima
asegurada para las personas en situación de vulnerabilidad”.
A su vez, la reforma al Artículo 74 señala que las autoridades estatales, en caso de
emergencia sanitaria, epidemia, pandemia, o derivado de cualquier situación en materia
de salud o desastre natural, deberán “garantizar derecho a una renta mínima asegurada
para las personas en situación de vulnerabilidad, para el bienestar social y económico de
la ciudadanía”.
La Iniciativa del diputado Omar Guillermo Miranda Romero fue turnada a las Comisiones
Permanentes Unidas de Justicia y Puntos Constitucionales y de Hacienda del Estado,
para su análisis y, en su caso, dictaminación.
Ajusta Congreso reforma constitucional en materia electora

Ajusta Congreso reforma constitucional en materia electora

Con 33 votos, el Pleno de la LXV Legislatura del Estado de Veracruz avaló el dictamen por el cual se reforman diversas disposiciones del Código Electoral para el Estado y de la Ley Orgánica del Municipio Libre de la entidad, a fin de ajustarlos a la reforma constitucional en materia electoral, aprobada por este Poder el pasado 12 de mayo y avalado posteriormente por 127 cabildos, con lo cual se asegura la disminución del gasto en procesos electorales, se prevé la reelección de ediles y mejora el sistema de medios de impugnación.

Este dictamen es resultado de las iniciativas presentadas por el Gobernador del Estado, ingeniero Cuitláhuac García Jiménez; del diputado Sin Partido, Alexis Sánchez García y aun cuando solo fue turnada a una sola Comisión, se retoman disposiciones de la presentada por la diputada Rosalinda Galindo Silva, según registra el documento firmado por los integrantes de las Comisiones Permanentes Unidas de Justicia y Puntos Constitucionales y de Organización Política y Procesos Electorales.

Cabe destacar que estas modificaciones al Código Electoral para el Estado y a la Ley Orgánica del Municipio Libre es para dar cumplimiento al artículo tercero transito del decreto 576, relativo a la reforma electoral constitucional, aprobada por el Pleno el pasado 12 de mayo y avalada por 127 ayuntamientos. En este citado artículo se establece que las reformas deberán publicarse en la Gaceta Oficial del Estado a más tardar el último día del mes de julio y se aplicarán para el proceso electoral 2020-2021.

En primera instancia se prevé en el Código Electoral las disposiciones relativas a la reelección de ediles; la modificación del Instituto Electoral Veracruzano por Organismo Público Local Electoral (OPLE), en la creación de unidades administrativas de éste deberá atenderse los principios de austeridad y eficiencia del gasto público.

En relación a los casos de nulidad de elecciones de gubernatura, diputaciones y cargos edilicios se incorpora como violaciones graves, dolosas y determinantes exceder el gasto de campaña en un 5 por ciento del total autorizado; comprar o adquirir cobertura informativa o tiempos en radio y televisión, fuera de los supuestos de la ley y recibir o utilizar recursos de procedencia ilícita. En caso de nulidad se convocará a elección extraordinaria en la cual no podrá ser candidato o candidata la persona sancionada.

Baja de cuatro, a tres años, la duración de los ediles en su cargo, con la cual podrán reelegirse para un periodo de forma consecutiva, siendo necesario para el segundo periodo que la postulación sea realizada por la misma coalición o partidos que lo formó.

Siguiendo la reforma electoral aprobada el pasado 12 de mayo, en cuanto a la reducción de gastos en el desarrollo de comicios electorales, se suprimen los Consejos Electorales Municipales a efecto de conjuntar sus funciones con los Consejos Distritales. Asimismo, se incorporan nuevos elementos de seguridad a la paquetería electoral, tales como sobrebolsa de seguridad a prueba de roturas y formatos más resistentes, esto con la intención de abonar a la disminución de la comisión de fraudes electorales.

Por otra parte, se modifican o eliminan todo aquel articulado que tuviera por objeto menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos políticos y electorales de las mujeres. Dando con ello cumplimiento a la reforma federal en materia de paridad de género y violencia política contra las mujeres, publicada en el Diario Oficial de la Federación el pasado 3 de abril.

Asimismo, se desarrolla un nuevo método para la asignación del financiamiento público a las organizaciones políticas garantizando las que correspondan tanto a partidos políticos locales como a partidos políticos nacionales con registro local.

Propone diputado reformas a la Ley Orgánica del Poder Judicial

Propone diputado reformas a la Ley Orgánica del Poder Judicial

El diputado Raymundo Andrade Rivera, presentó una Iniciativa de Decreto que Reforma y
Adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de
Veracruz, con el objetivo de eliminar cualquier vacío legal o falta de supuesto normativo
que pudiera generar parálisis funcional, contribuyendo a fortalecer al pleno del Tribunal y
al Consejo de la Judicatura, para que las actuaciones fluyan de mayor y mejor forma.
El Poder Judicial existe, el Tribunal Superior de Justicia y el Consejo de la Judicatura, los
que han sido mandatados para asumir un rol preponderante en la toma de decisiones ya
que el primero asume acciones de carácter jurisdiccional y el segundo en materia
administrativa.
Para el caso del Pleno del Tribunal, se integra por el Presidente del Tribunal y por los
presidentes de cada una de sus Salas colegiadas, es decir nueve integrantes; en cuanto
al Consejo, su conformación es por cinco funcionarios, el Presidente del Tribunal Superior
de Justicia, dos magistrados provenientes de Tribunal Superior de Justicia y otro, del
Tribunal de Conciliación y Arbitraje, un consejero propuesto por el Gobernador y un
consejero designado por el Congreso.
Esta integración impar de cada uno de ellos, provoca que la generación de los consensos
prevalezca, por lo que resulta importante proponer diversas reformas que permitan
garantizar que los principios, ideales y dogmas normativos vertidos en la Ley, sigan en
este proceso de evolución, añadió el diputado.
Con esto se propicia que las decisiones sean basadas en los consentimientos y no en los
desacuerdos, los temas que se sometan a sus consideraciones serán validados por el
diálogo, la razón y concordia, fomentando un consenso transitivo al conflicto permanente.
Con esta propuesta, también se faculta a la Secretaria de Acuerdos a convocar a
sesiones, previa petición realizada por cualquiera de sus miembros, con el afán de
garantizar que estos trabajos se lleven a cabo con la periodicidad que señala la Ley.
Por último, la propuesta adiciona la vicepresidencia de las sesiones del Consejo de la
Judicatura, cuyo objetivo atiende a instaurar una figura auxiliar de la presidencia, misma
que fungirá en el caso de sus ausencias en estas reuniones, asumiendo la función solo
por la sesión de que se trate, sin que exista un consejero nombrado bajo alguna
periodicidad.
La iniciativa fue turnada a la Comisión Permanente de Justicia y Puntos para su estudio y
dictamen.