Diputados (as) reforman la Ley para implementar la Transparencia Presupuestaria

Diputados (as) reforman la Ley para implementar la Transparencia Presupuestaria

Las diputadas y diputados del Congreso de Veracruz aprobaron la reforma al artículo 6 del Código Financiero del Estado por el cual se establece que, además de la administración pública centralizada, los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la entidad, así como los organismos autónomos y municipios implementarán la Transparencia Presupuestaria, publicando su información durante los primeros cinco días de cada mes.

Esta reforma, resultado de la iniciativa que presentó, el 13 de noviembre de 2017, el diputado Fernando Kuri Kuri, fue aprobada con 39 votos a favor, sin votos en contra o abstenciones.

Misma que establece la obligatoriedad de publicar, en Internet, toda la información presupuestaria durante los primeros cinco días de cada mes, con lo que las y los ciudadanos podrán conocer los ingresos y cómo se gastan los recursos públicos.

Incluye las participaciones mensuales por fondos que se reciben, distinguiendo los factores de distribución que le corresponde al Estado y a los municipios: los descuentos por concepto que realiza la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, las aportaciones federales, los convenios provenientes del Ramo 23, los recursos de hidrocarburos recibidos tanto terrestres como marítimos, los remanentes de la bursatilización; el Impuesto Sobre la Renta participable, la deuda pública con su destino final, deuda contingente o circulante por dependencia, entidad, municipio u órgano autónomo.

Los Estados Financieros de los Informes Trimestrales del Gasto Público con las notas, describiendo las cuentas de orden debidamente desglosadas como lo marca la Ley de Contabilidad Gubernamental, así como todo reporte que deba ser entregado a la federación en cumplimiento a la Ley de Disciplina y al cumplimiento del principio de transparencia a que se refiere la fracción I del Código Financiero.

La LXIV Legislatura aprueba modificaciones a la Ley de Aguas

La LXIV Legislatura aprueba modificaciones a la Ley de Aguas

Las diputadas y diputados de la LXIV Legislatura de Veracruz aprobaron el Dictamen, con proyecto de decreto, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Aguas del Estado, con objeto de establecer las bases de coordinación entre los ayuntamientos y el Ejecutivo del Estado para garantizar el acceso al suministro de agua.

Este Decreto, aprobado con 39 votos a favor, sin votos en contra o abstenciones, fue resultado de la iniciativa que presentó el diputado Marco Antonio Núñez López, del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional (PAN).

La reforma, contempla que el Estado y los municipios, en su ámbito de competencia, garantizarán el derecho humano que tiene toda persona al agua potable y saneamiento y definirán las bases, apoyos, así como las modalidades para el acceso, uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la Federación y la ciudadanía para la consecución del fin común en la prestación del servicio, mismo que deberá ser, suficiente, salubre, aceptable y asequible.

También, considera la recolección del líquido, potabilización, transporte y mantenimiento del sistema, así como los servicios de saneamiento, drenaje y alcantarillado; que es lo que genera un costo por el servicio y lo que debe ser precisado para entender que en esencia el derecho humano al agua no es, ni puede ser cuestionable.

Se determina el pago de la cuota por consumo de agua, alcantarillado y saneamiento, que se realizará por períodos mensuales y se deberá efectuar dentro del mes siguiente al periodo que se cubre.

En caso de incumplimiento de pago por el usuario doméstico, se procederá a restringir el servicio, suministrando cincuenta litros diarios por cada habitante de la vivienda, en tanto no se cubra el adeudo.

Avalan diputados (as) reforma que prevé la creación de Zonas Económicas Estatales

Avalan diputados (as) reforma que prevé la creación de Zonas Económicas Estatales

El Pleno de la LXIV Legislatura de Veracruz aprobó el Dictamen que reforma diversas disposiciones de la Ley de Fomento Económico para el Estado, por el cual se prevé la creación de Zonas Económicas Estatales para el fomento de la inversión, la productividad, la competitividad, el empleo y una mejor distribución del ingreso entre la población, lo que garantizará un desarrollo sustentable a las diversas regiones de nuestro Estado.

Este Decreto, resultado de la iniciativa que presentó el 8 de mayo de este año, el diputado del Partido Acción Nacional (PAN), Hugo González Saavedra, fue aprobado con 40 votos a favor, sin votos en contra o abstenciones.

De esta manera, se establece que Zona Económica Estatal es el área geográfica del territorio veracruzano, determinada por Decreto del Ejecutivo, en la cual el Gobierno del Estado y el o los ayuntamientos que la integren, quedarán obligados a otorgar las facilidades y los incentivos temporales que se establezcan en términos del Convenio de Coordinación para el establecimiento y desarrollo de la Zona Económica Estatal respectiva, previa autorización del Congreso local.

Se contempla, como objeto de la ley, el determinar, impulsar y consolidar sectores económicos estratégicos, así como impulsar y favorecer a las Zonas Económicas Estatales o Especiales, fortaleciendo su competitividad a través del fomento de agrupamientos empresariales, integración de cadenas productivas, programas de desarrollo de proveedores locales, desarrollo de infraestructura y creación de estímulos, apoyos e incentivos específicos.

El Ejecutivo, atendiendo al Plan y conforme a sus recursos disponibles, apoyará la creación, desarrollo y consolidación de conjuntos y parques empresariales; corredores y ciudades industriales; zonas económicas estatales, portuarias, aeroportuarias y costeras, procurando la participación de los sectores público, privado y social.

Para el caso de las Zonas Económicas Estatales, los beneficios fiscales a otorgar deben tener como objetivo fomentar la generación de empleos permanentes, el ascenso industrial, el crecimiento de la productividad en el trabajo, e inversiones productivas que impulsen el desarrollo económico de la Zona.

Estos beneficios, también, deben ser otorgados por el o los ayuntamientos que la integren de manera temporal y decreciente a favor de los Inversionistas que cuenten con autorización, permiso o asignación por parte del Consejo de Economía del Estado.

En los posicionamientos, el diputado del Grupo Legislativo del PAN y autor de la iniciativa, Hugo González Saavedra, expuso que esta reforma sentará las bases en las que se desarrollarán las acciones, beneficios e incentivos en las zonas económicas estatales; que representará –añadió- una oportunidad para generar empleos formales, bien pagados y se atraerá la inversión pública.

El espionaje a instituciones de seguridad será castigado hasta con 15 años de prisión

El espionaje a instituciones de seguridad será castigado hasta con 15 años de prisión

El Pleno de la LXIV Legislatura del Estado de Veracruz aprobó, con 47 votos, el Dictamen por el cual se reforman y adicionan diversas disposiciones al Código Penal para Veracruz, con la finalidad de agregar el concepto de Espionaje contra las instituciones de seguridad pública, mejor conocido como “Halconeo” y este sea sancionado.

La entidad veracruzana ha incrementado sus índices de violencia, generada específicamente por las actividades de la delincuencia organizada y una de las conductas delictivas más frecuentes en la actualidad corresponde al denominado “halconeo”, que es el acecho y vigilancia permanente o reiterada de las actividades de las instituciones o autoridades de seguridad pública y procuración de justicia.

Para su ejecución utilizan equipo de telefonía, radiocomunicación, cuentas de correo electrónico y sitios web (blogs), a través de los cuales se comunican los movimientos de unidades de las corporaciones policiales, los operativos implementados o en proceso de iniciarse, así como los retenes de inspección que se instalan o vayan a instalarse, entre otras.

Dicho problema, contribuye a la ejecución de diversos delitos que ponen en riesgo la integridad física de la sociedad veracruzana y especialmente de los integrantes de los cuerpos de seguridad pública.

En tal razón, se establece que quien posea, porte o utilice equipos o artefactos que permitan la intervención, escucha o transmisión de datos para prácticas de espionaje, con respecto a canales de comunicaciones oficiales o privadas, entre otras, se les impondrán de siete a 15 años de prisión y multa de 400 a 800 Unidades de Medida y Actualización (UMA).

También a quien utilice instrumentos punzocortantes, punzo contundentes, contuso cortantes, contuso contundentes o de cualquier material, que por su resistencia o su fuerza, dañe o impida el paso de vehículos de seguridad pública municipal, estatal, federal o de las fuerzas armadas mexicanas.

Además que posea, porte o utilice equipos o artefactos que permitan la intervención, escucha o transmisión de datos para prácticas de espionaje, con respecto a canales de comunicaciones oficiales o privadas, estos últimos cuando sean utilizados para funciones de seguridad pública.

Incluso permita o consienta la instalación de antenas o cualquier instrumento de comunicación en bienes de su propiedad o posesión, con los cuales se intercepte o transmita la señal o las comunicaciones para el espionaje o halconeo.

La pena se incrementará hasta la mitad cuando, se empleen menores de edad, personas con discapacidad o de la tercera edad, para la comisión de este delito.

Se incrementará hasta una cuarta parte de la sanción prevista en el artículo 371 a quien, para la comisión de los delitos señalados en este capítulo, utilice algún vehículo del servicio público de transporte de pasajeros, u otro que preste un servicio análogo.

Este Decreto, es resultado de la iniciativa presentada el 7 de noviembre de 2017 por el Ejecutivo del Estado.

Aprueba Congreso nueva Ley de Control Constitucional para Veracruz

Aprueba Congreso nueva Ley de Control Constitucional para Veracruz

El Pleno de la LXIV Legislatura de Veracruz aprobó el Dictamen por el que se crea la nueva Ley de Control Constitucional para el Estado de Veracruz, cuyo objeto es dirimir de manera definitiva e inatacable en el orden jurídico estatal, los conflictos que por la Constitucionalidad de sus actos, normas generales o la inexistencia de éstas, surjan en el ámbito interior del Estado entre el Poder Ejecutivo y el Legislativo o entre uno de ellos y los municipios que conforman el Estado.

Esta ley, resultado de las iniciativas que presentó el diputado Carlos Antonio Morales Guevara, del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y la diputada Yazmín de los Ángeles Copete Zapot, del Partido de la Revolución Democrática (PRD), fue avalada con 46 votos a favor, sin votos en contra o abstenciones.

De esta manera se señala que la Sala Constitucional del Tribunal Superior de Justicia del Estado es competente para sustanciar, con base en las disposiciones de esta Ley, el procedimiento que regule las Controversias Constitucionales, las Acciones de Inconstitucionalidad y las Acciones por Omisión Legislativa.

Tendrán el carácter de parte en las controversias Constitucionales: como actor, el o los Municipios, el Poder Legislativo o el Ejecutivo que promueva la controversia; como demandado, el o los Municipios, el Poder Legislativo o el Ejecutivo, que hubiere emitido y promulgado la disposición general o pronunciado el acto que sea objeto de la controversia y como tercero o terceros interesados, el o los Municipios o los Poderes Ejecutivo y Legislativo en aquellos casos en que, sin tener el carácter de actores o demandados, pudieran resultar afectados por la sentencia que llegare a dictarse.

Tratándose de controversias Constitucionales, el Magistrado ponente, a petición de parte o de oficio, podrá conceder la suspensión del acto que las motivare, hasta antes de que se dicte sentencia definitiva. La suspensión se concederá con base en los elementos que sean proporcionados por las partes o recabados por el Magistrado ponente.

Al dictar la sentencia, el Pleno deberá, en su caso, corregir los errores que advierta en la cita de los preceptos invocados y examinará en su conjunto los razonamientos de las partes a fin de resolver la cuestión efectivamente planteada.

Procede la acción por omisión legislativa, cuando se considere que el Congreso del Estado no ha aprobado alguna Ley o Decreto y que dicha omisión afecte el debido cumplimiento de la Constitución Política del Estado.

El Procedimiento de Protección para Pueblos y Comunidades Indígenas tiene como propósito hacer eficaces los derechos humanos establecidos por la Constitución del Estado, y los Tratados Internacionales firmados por el Estado mexicano; así como, en su caso, reparar afectaciones a dichos derechos.

Los Pueblos o Comunidades Indígenas que estimen vulneración a sus derechos humanos, mediante escrito simple, podrán comparecer ante la Sala Constitucional y detallar el motivo de su promoción, en la cual debe establecerse el acto u omisión que se estiman causa agravio a sus intereses; así como la autoridad o autoridades responsables de dicho acto u omisión.

En los posicionamientos, la diputada del PRD, Yazmín Copete Zapot señaló que debe fortalecerse al Poder Judicial para que actúe como contrapesos y dirimir controversias entre el Ejecutivo, Legislativo o municipios. Este será uno de los temas que tendrán que llevarse a cabo a partir de noviembre de este año, añadió.

Avala Congreso la creación del Consejo Consultivo de Gobierno Abierto en Veracruz

Avala Congreso la creación del Consejo Consultivo de Gobierno Abierto en Veracruz

Las diputadas y diputados, de la LXIV Legislatura del Estado de Veracruz, aprobaron el Dictamen que reforma la Ley de Transparencia y Acceso a la información pública para el Estado con el objeto de integrar un Consejo Consultivo de Gobierno Abierto, que tenga las atribuciones de apoyo, consulta y asesoramiento de los Sujetos Obligados, para la formulación, seguimiento y evaluación del Plan de Gobierno Abierto.

Además podrá proponer mejores prácticas de participación ciudadana, colaboración en la implementación y evaluación de la política digital en materia de datos abiertos y la realización de indicadores específicos sobre temas relevantes.

Para el caso se propone que el Consejo Consultivo esté integrado por un Presidente, quien será un representante del sujeto obligado, así como un Secretario y un Vocal, quienes serán elegidos, mediante audiencias públicas, por el Comité de Transparencia y todos los miembros del Consejo tendrán voz y voto.

Los cargos de los integrantes del Consejo Consultivo son de carácter honorífico, por lo que no recibirán sueldo alguno y durarán tres años en el ejercicio de su encargo, al término de los cuales, se renovará el Consejo Consultivo conforme a los procedimientos que establece la Ley.

Esta reforma, -resultado de la iniciativa que presentó, el 2 de mayo de este año la diputada Daniela Guadalupe Griego Ceballos del Partido de MORENA- fue aprobada con 45 votos a favor, sin votos en contra o abstenciones.

En su posicionamiento, la legisladora destacó que con la presente reforma se logrará analizar, evaluar y emitir recomendaciones sobre el Plan de Gobierno Abierto, así como promover la transparencia, la participación ciudadana y la colaboración interinstitucional, que genere nuevos canales de comunicación entre Gobierno y ciudadanía que favorezca el debate público.