Participa diputado Rubén Ríos en izamiento de Bandera

Participa diputado Rubén Ríos en izamiento de Bandera

El presidente de la Mesa Directiva del Congreso del Estado de Veracruz, diputado Rubén Ríos Uribe, izó la Bandera Nacional de este Poder Legislativo a media asta, en cumplimiento al Decreto emitido por el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, como signo de solidaridad con el pueblo mexicano ante los lamentables decesos causados por la pandemia generada por el coronavirus Covid-19.

En punto de las 08:00 horas, el legislador participó en este acto, acompañado por el personal de seguridad y administrativo de esta Soberanía, cumpliendo así lo establecido en el citado Decreto, publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 14 de agosto.

Posteriormente, el diputado invitó a los asistentes a colaborar responsablemente en las acciones emprendidas por los gobiernos estatal y municipales para la contención de la pandemia. Asimismo, convocó a la unidad y al diálogo para establecer mejores mecanismos que permitan disminuir el número de personas contagiadas.

Amplía Congreso el Código de Derechos del Estado en materia de nuevos servicios

Amplía Congreso el Código de Derechos del Estado en materia de nuevos servicios

En sesión extraordinaria, el Pleno de la LXV Legislatura aprobó el dictamen de la Comisión de Hacienda del Estado que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código de Derechos para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, con lo que se establece un marco jurídico acorde con la nueva realidad socioeconómica, transparente y garante de los principios constitucionales y legales a las que deben sujetarse las contribuciones.

El dictamen, resultado de la iniciativa presentada el pasado 28 de julio por el gobernador Cuitláhuac García Jiménez, refiere que con esta reforma se incorpora el principio de legalidad al que debe circunscribirse toda actuación del sector público y, al mismo tiempo, propicia un escenario para que la administración pública esté en condiciones de favorecer el crecimiento económico de la entidad y el bienestar común.

Respecto a la ampliación de los catálogos para el pago de derechos de diversos servicios que prestan las dependencias y entidades del Gobierno del Estado, el documento pone de relieve la coincidencia de la Comisión con los nuevos derechos, donde destacan los que regulan las diversas disposiciones locales que, en materia ambiental, buscan prevenir y mitigar el grave deterioro ecológico.

Así también en la incorporación de las actividades de pesca comercial y de fomento en aguas de jurisdicción estatal. Cuestión que -indica- otorga certidumbre jurídica a los contribuyentes al incorporarlos al marco legal aplicable para cada materia.

Expone que, con la adición de la fracción III del apartado A al Artículo 16, dentro de los servicios prestados por la Secretaría de Finanzas y Planeación (Sefiplan), los contadores públicos autorizados que emiten dictámenes de cumplimiento de obligaciones fiscales, que por alguna razón no cumplan con los requisitos o plazos previstos por la Ley y que, en consecuencia, les sea cancelado su registro, contarán con la oportunidad de solicitar su reinscripción al padrón de contador público autorizado, previo cumplimiento de las disposiciones jurídicas aplicables.

Por otra parte, con la reforma al Artículo 19 fracción IX incisos a), b), c) y d) y la adición de sus incisos e), f) y g), se actualiza el catálogo de los servicios diversos que presta la Secretaría de Medio Ambiente (Sedema), resultando acorde con el amplio marco jurídico vigente que regula sus acciones, las Leyes Estatal de Protección Ambiental, Estatal de

Mitigación y Adaptación ante los efectos del Cambio Climático y la de Prevención y Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos y de Manejo Especial para el Estado de Veracruz, lo que hace necesaria su pronta inclusión en el Código en mención.

En tanto, con la reforma a los artículos 20 y 22, en diversas fracciones, se actualizan los servicios y las cuotas de los catálogos de derechos que corresponden a la secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) y la Contraloría General del Estado (CGE), respectivamente.

También, se adiciona el Capítulo Décimo Primero y el Artículo 22 Ter, con lo que se incorpora el catálogo de servicios de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Rural y Pesca (Sedarpa) para las actividades de pesca comercial y de fomento, entre otras, en aguas de jurisdicción estatal, con la finalidad de que los permisos para quienes se dedican a la pesca y la acuacultura tengan certidumbre jurídica.

Como parte de la reforma, fueron modificados los artículos 24 y 26, relativos a los servicios que presta el Colegio de Bachilleres del Estado de Veracruz (Cobaev) y del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Veracruz (Cecytev), con lo cual se otorga mayor certidumbre jurídica respecto de algunos servicios que otorgan estos organismos descentralizados.

Con la reforma y adición del Artículo 28, por los servicios que presta el Instituto de Capacitación para el Trabajo del Estado de Veracruz (Icatver) se amplía el catálogo de servicios con enfoques de calidad, evaluación y certificación siguiendo los estándares establecidos por el Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales (Conocer).

Con la adición del Artículo 33 Bis, se incluye el catálogo de servicios prestados por el Instituto Veracruzano de Desarrollo Municipal (Invedem) para dar certidumbre jurídica respecto a sus costos y propiciar la transparencia para la recepción de los mismos a través de la oficina virtual de hacienda.

En el Artículo 33, se incluye al Instituto Veracruzano del Deporte (IVD), lo cual permitirá generar mejores condiciones para fomentar y sustentar una práctica deportiva de pleno acceso a la ciudadanía, con el objeto de mejorar la calidad de vida de la población. También se incorpora, en el Artículo 59 Quáter, a la Universidad Popular Autónoma de Veracruz (UPAV), con el fin de abonar a la transparencia, rendición de cuentas y en materia anticorrupción.

En cuanto al Artículo 17, y toda vez que aún refería a la extinta Secretaría de Comunicación, se establece el nombre de la Secretaría de Infraestructura y Obras Públicas (Siop), así como los servicios prestados por esta dependencia.

Debido a que las instituciones educativas tecnológicas buscan mejorar la prestación de sus servicios tecnológicos, de innovación técnica, laboratorios, deportivos, de conservación, equipamiento y herramientas, aunado a que los otorgan en diferentes zonas económicas, se actualiza su catálogo que, en más de un caso, disminuye el costo de los pagos de los estudiantes y en otros reconoce la necesidad de proporcionar

productos de calidad y de mejora continua para las comunidades educativas.

Por último y con la derogación de la fracción III del Articulo 61, relativa a la eliminación de la expedición de certificados de sanidad animal, se corrige la legislación estatal, toda vez que esta atribución está reservada para la autoridad federal.

Este Dictamen registró 22 votos a favor, 18 en contra y tres abstenciones.

Avala Congreso reformas a Códigos Financiero y de Procedimientos Administrativos

Avala Congreso reformas a Códigos Financiero y de Procedimientos Administrativos

Las diputadas y diputados de la LXV Legislatura del Estado de Veracruz aprobaron el dictamen de decreto que reforma, deroga y adiciona diversas disposiciones del Código Financiero y que reforma diversas disposiciones del código de procedimientos administrativos.

El dictamen aprobado con 36 votos a favor, es resultado de la iniciativa presentada ante el Pleno por el Gobernador del Estado, Cuitláhuac García Jiménez, el pasado 30 de enero.

La Comisión Permanente de Hacienda Estatal, determinó como viable la modificación al Código Financiero de Veracruz, respecto al Impuesto por la Prestación de Servicios de Hospedaje que plantea la reforma del artículo 73 fracción VII, para que deje de formar parte de los impuestos a los que se aplican infracciones con multas cuantificadas en Unidades de Medida y Actualización (UMA), por no presentar oportunamente dictamen de contador público autorizado, toda vez que los contribuyentes de este impuesto no se encuentran obligados a presentar el dictamen referido.

Asimismo, se reforma el artículo 104 fracción III del Código se faculta a las autoridades fiscales estatales para emitir las Reglas de Carácter General a las que deberá sujetarse la elaboración del dictamen que presenten los contadores públicos autorizados y que es esencial para otorgar certeza jurídica a sujetos obligados de dicho impuesto, brindando uniformidad y accesibilidad a la interpretación de la norma fiscal.

En el mismo sentido, se realizó la corrección de los artículos 151 fracción XI y 152 primer párrafo del mismo Código, en relación con los servicios catastrales que presta directamente la Dirección General de Catastro de la Secretaría de Gobierno (Segob) y no la Secretaría de Finanzas y Planeación (Sefiplan), lo que deriva en dar certeza jurídica a los ciudadanos respecto de los trámites que deban de realizar en materia de catastro.

Además, se aprobó la reforma al artículo 153 apartado B, segundo y último párrafo para establecer que los ingresos que se recauden por la venta de certificados holográficos se destinen al Fondo Ambiental Veracruzano en el porcentaje establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal correspondiente, además en el último párrafo se precisa el nombre del Fondo Forestal Estatal que se encuentra establecido en la Ley de Desarrollo Forestal Sustentable.

Del mismo modo, las dependencias centralizadas y entidades paraestatales de la administración pública estatal, los Poderes Legislativo y Judicial, los organismos autónomos y demás entes públicos estatales, deberán reintegrar a la Secretaría de Finanzas y Planeación dentro de los 10 días hábiles siguientes al 31 de diciembre del ejercicio presupuestal inmediato anterior, los recursos públicos estatales que no hubieran sido devengados.

Lo anterior, en razón que se relaciona con la asignación de los recursos a los entes públicos que no pueden dejar de cumplir con sus objetivos sin rebasar las asignaciones aprobadas en sus respectivos presupuestos anuales, ni utilizarlos para otros fines, salvo que cuenten con autorización correspondiente de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.

En cuanto a la reforma del artículo 193 tercer párrafo del Código de Procedimientos Administrativos, se avaló el cambió a la referencia a salarios mínimos por el de Unidad de Medida y Actualización (UMA) que en su tercer párrafo decía equivalente al salario mínimo general vigente elevado al año.

En la reforma precitada se omitió la frase «elevada al año», consecuentemente este párrafo resulta contradictorio con el contenido del mismo, por lo que para su debida aplicación se considera necesario redactarlo en los términos originalmente aprobado para señalar que el monto máximo por gastos de ejecución será el de la UMA elevada al año.

Con estas modificaciones se otorgará certidumbre jurídica a los administrados respecto de los límites de actuación de los servidores públicos; precisar facultades de autoridades fiscales para el fortalecimiento de la Hacienda Pública y favorece la administración de los recursos públicos de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.

Procuración de justicia fortalece el Estado de Derecho en Veracruz: Rubén Ríos

Procuración de justicia fortalece el Estado de Derecho en Veracruz: Rubén Ríos

En Veracruz, el Estado de Derecho, las leyes y las instituciones, se ven fortalecidas con
una procuración de justicia que ha sido puesta a prueba, con resultados que marcan
tendencia y avalan la actuación de las autoridades que han procedido con probidad,
responsabilidad, claridad y firmeza, manifestó el presidente de la Mesa Directiva del
Congreso del Estado, diputado Rubén Ríos Uribe.
Al lado del titular del Poder Ejecutivo del estado, gobernador Cuitláhuac García Jiménez,
y de la presidenta del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del
Estado, magistrada Sofía Martínez Huerta, el legislador estuvo presente durante el
mensaje ofrecido por la titular de la Fiscalía General del Estado (FGE), Verónica
Hernández Giadáns, con motivo de su primer año al frente del organismo autónomo.
Ríos Uribe destacó que, de acuerdo con información del Sistema Nacional de Seguridad
Pública, durante el último año, en la entidad el delito de secuestro ha disminuido 41 por
ciento y las detenciones por orden de aprehensión han aumentado en más de 70 por
ciento, en comparación con 2018 y 2019, y han sido desarticulados 30 grupos delictivos
dedicados al secuestro, entre otros resultados.
En este reconocimiento a la labor realizada por la fiscal Hernández Giadáns y su equipo
de trabajo, el Presidente del Congreso no omitió ponderar el esfuerzo y la coordinación de
la Marina-Armada de México, el Ejército Mexicano y la Guardia Nacional, cuyo espíritu de
sacrificio y entrega –expresó- ha ido devolviendo a las y los veracruzanos la tranquilidad.
“La procuración de justicia que Veracruz merece y necesita integridad, honorabilidad,
experiencia, conocimiento de la Ley, compromiso, lealtad y un alto sentido del deber, por
lo que, en nombre de la LXV Legislatura, expreso nuestro beneplácito al saber que
contamos con una Fiscal General del Estado que dignamente reúne estas
características”, manifestó el legislador.
Finalizó aseverando que “en Veracruz nadie está por encima de la Ley.
El compromiso
irrenunciable de esta LXV Legislatura es renovar y fortalecer nuestro marco legal, para
asegurar a las y los veracruzanos una vida más digna, en pleno respeto a sus derechos
humanos y en el imperativo de nuestras responsabilidades. En esta ardua labor, la
colaboración entre las instituciones es fundamental, indispensable e igualmente
irrenunciable”.
Autoriza Congreso a San Andrés Tuxtla celebrar contrato para alumbrado público

Autoriza Congreso a San Andrés Tuxtla celebrar contrato para alumbrado público

El Pleno de la LXV Legislatura del Estado aprobó el Dictamen de Decreto por el cual se autoriza al Ayuntamiento de San Andrés Tuxtla celebrar un contrato para la realización de una Asociación Público-Privada en la modalidad de concesión para llevar a cabo el Proyecto de Sustitución del Alumbrado Público para la Prevención del Delito en el Municipio de San Andrés Tuxtla, consistente en el cambio de alumbrado público con equipos de iluminación de tecnología LED.

Lo anterior, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 26 y 27 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, así como con apoyo en lo establecido por la Ley de Asociaciones Público-Privadas para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

De acuerdo con el Decreto, la instalación de la totalidad de los equipos y el mantenimiento por la duración del contrato deberá ser con la persona física y/o moral que resulte ganadora del concurso de licitación y que ofrezca las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad, beneficio social y demás circunstancias pertinentes, por un plazo de hasta 15 años, con un monto de inversión pública productiva de hasta 166 millones 20 mil 992 pesos, previo análisis del destino y la capacidad de pago del municipio.

Este dictamen, emitido por la Comisión Permanente de Hacienda Municipal, refiere que la fuente de pago y/o garantía se constituirá con la afectación de las participaciones que en ingresos federales le correspondan del Fondo General de Participaciones y/o del Fondo de Fomento Municipal, de conformidad con lo establecido por el tercer párrafo de la fracción VIII del Artículo 117 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Asimismo, se autoriza al mismo ayuntamiento la constitución de un contrato de Fideicomiso Irrevocable de Administración y Fuente de Pago, como mecanismo de recepción, administración y fuente de pago, respecto de las fuentes y/o garantías de pago que hubiere otorgado el municipio.

En tanto, este Poder Legislativo determina que, al inicio de cada administración municipal durante la vigencia de la Asociación Público Privada, el ayuntamiento en funciones deberá realizar una revisión del contrato y del Fideicomiso de Administración.

Corresponderá al ayuntamiento en turno designar al administrador del Fideicomiso para el período constitucional que comprenda la administración pública municipal.

Este dictamen registró 38 votos a favor, cuatro en contra y una abstención.

Aprueba LXV Legislatura observaciones hechas por el Gobernador al Decreto 582

Aprueba LXV Legislatura observaciones hechas por el Gobernador al Decreto 582

En cumplimiento al proceso legislativo, establecido en la Constitución Política local y en la
Ley Orgánica de este Poder, el Pleno de la LXV Legislatura aprobó las modificaciones al
Decreto número 582, relacionado con reformas a diversas disposiciones en materia de
paridad de género y violencia política en razón de género, resultado de las observaciones
enviadas por el Gobernador del Estado, Cuitláhuac García Jiménez.
En sesión extraordinaria, con 42 votos a favor, sin votos en contra ni abstenciones, el
Pleno avaló estas modificaciones al Decreto 582 que reforma, deroga y adiciona diversas
disposiciones de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la Ley de
Responsabilidades Administrativas, la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Ley Orgánica
de la Fiscalía General y el Código Penal, ordenamientos todos del estado de Veracruz de
Ignacio de la Llave.
Este Decreto fue aprobado por el Pleno de la esta legislatura el pasado 30 de julio y
registró el respaldo de 46 de los 50 diputadas y diputados locales.
Durante la Primera Sesión del Segundo Receso del Segundo Año de Ejercicio
Constitucional, celebrada este 18 de agosto, se dio entrada a este documento en el cual
el Ejecutivo, con apego a las atribuciones que le confiere el Artículo 36 de la Constitución
Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave y cumpliendo el plazo señalado
remitió a esta Soberanía las observaciones, a fin que sean discutidas y revisadas por este
Poder.
En relación con el contenido de las observaciones planteadas por el Ejecutivo estatal, el
presidente de la Mesa Directiva, diputado Rubén Ríos Uribe, subrayó que, tras haberse
avalado en sesión extraordinaria con 42 votos a favor, sin abstenciones o votos en contra,
la LXV Legislatura da muestra de su coincidencia con el Gobernador al mejorar este
Decreto, que será de gran beneficio para la sociedad veracruzana, en especial para las
mujeres.
Asimismo, recordó que esta legislatura es la primera en la historia de Veracruz en contar
con una conformación paritaria, 25 mujeres y 25 hombres, lo cual refleja el respeto y
respaldo a las exigencias de la sociedad.
Los cambios avalados por el Pleno están relacionados con los artículos 8, 13 Quater, 13
Quinquies y 21 Bis, todos de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de
Violencia para el Estado de Veracruz, con el propósito de no incurrir en alguna
interpretación que contravenga disposiciones ya vigentes, tales como la Ley de
Austeridad para el Estado, así como hacer prevalecer el principio de paridad de género, lo
cual incluye procedimientos y sanciones.
Asimismo, se mejoró la redacción de algunos términos, con el propósito de no caer en
redundancias, tomando como base que la ley debe contener disposiciones concretas;
además de señalar expresamente el papel de los miembros del Observatorio de la
Participación Política de las Mujeres en Veracruz en cuanto a su participación en este
órgano.
El Presidente del Congreso del Estado, diputado Rubén Ríos Uribe, aseveró que esta
LXV Legislatura está comprometida en perfeccionar y fortalecer el marco jurídico estatal
en favor de las y los veracruzanos, en la salvaguarda y protección de sus derechos, en
plena y estrecha colaboración de poderes, a fin de garantizar el irrestricto respeto al
Estado de Derecho.
De esta manera la LXV Legislatura cumple lo establecido en el párrafo cuarto del Artículo
36 de la Carta Magna estatal y el relativo del artículo 50 de la Ley Orgánica del Poder
Legislativo.
Conforme al trámite legislativo, el Presidente instruyó remitir el decreto al Ejecutivo estatal
para su promulgación y publicación en la Gaceta Oficial del Estado.