Avala el Pleno de la LXV Legislatura reformas al Código Electoral del Estado

Avala el Pleno de la LXV Legislatura reformas al Código Electoral del Estado

El Pleno de la LXV Legislatura del Estado aprobó diversas reformas al Código Electoral estatal, resultado de las iniciativas presentadas los días 25 y 30 de septiembre pasado por la diputada Mónica Robles Barajas, con lo que se establecen disposiciones necesarias en la legislación para mejorar la eficiencia del sistema electoral, mediante la eliminación de duplicidades en la organización y funcionamiento de los entes públicos, así como el establecimiento de criterios objetivos con los cuales se armoniza los principios que rigen esta materia, teniendo como finalidad el ahorro de recursos económicos sustanciales.

Este 1 de octubre, en sesión extraordinaria, la Mesa Directiva puso a consideración del Pleno el dictamen de las Comisiones Permanentes Unidas de Justicia y Puntos Constitucionales y de Organización Política y Procesos Electorales. Tras el debate público entre las diversas fuerzas políticas, se instruyó abrir el tablero de votación, que registró 31 votos a favor y 14 en contra, sin abstenciones.

El documento refiere las reformas a la Constitución Política del Estado y al Código Electoral, aprobadas por esta Soberanía y publicadas en la Gaceta Oficial del Estado el pasado 22 de junio y 28 de julio del año en curso. Por tanto, añade, resulta importante correlacionar los criterios para calcular y ministrar los montos a que tengan derecho los partidos políticos y candidatos independientes por concepto de financiamiento público y franquicias postales para evitar interpretaciones -por parte de la autoridad administrativa electoral- en el cálculo de éstos.

De esta manera, en aras de eficientar el gasto público con base en el principio de austeridad, se establece que el Organismo Público Local Electoral (OPLE) del Estado será el ente encargado de llevar a cabo de forma exclusiva el programa de resultados electorales preliminares.

Además de recuperar, concentrar y reutilizar el material electoral y organizar debates tanto virtuales como presenciales e incrementar la vigilancia del voto público, evitando la comisión de actos u omisiones que tengan como propósito la violación del mandato popular expresado en las urnas.

A partir de estas reformas, las áreas y personal del OPLE y del Tribunal Electoral del Estado de Veracruz (TEEV) deberán atender el criterio de sustancialidad con el objeto constitucional y legal que es la organización de elecciones y la solución de controversias en la materia, evitando las áreas no sustantivas.

Por otro lado, entre las causas de inelegibilidad para ser candidatas o candidatos está el que sean condenadas o condenados por virtud de sentencia firme por el delito de violencia política en razón de género.

Asimismo, la reforma precisa disposiciones relativas que aseguran el principio de paridad de género en la asignación de candidatas y candidatos, así como la fecha de instalación de los Consejos Distritales con la de los Municipales Especiales.

Por último, el dictamen refiere que Veracruz, al igual que el resto del país, ha vivido cambios políticos en tiempos recientes que son resultado de la competencia democrática y de la creciente participación de la ciudadanía en las elecciones. “Si bien se ha dado un paso importante hacia la consolidación de un Estado justo y plural, existen retos que deben superarse respecto a la relación entre el pueblo y sus representantes”, agrega.

Modifican diputados integración de dos comisiones legislativas permanentes

Modifican diputados integración de dos comisiones legislativas permanentes

A propuesta de la Junta de Coordinación Política (Jucopo), el Pleno de la LXV Legislatura aprobó la modificación de la integración de dos comisiones permanentes, resultado de las decisiones de las diputadas y diputados que las conforman.

De esta manera, en la Comisión Permanente de Administración y Presupuesto el diputado Wenceslao González Martínez asume la vocalía, en sustitución de la legisladora Ana Miriam Ferráez Centeno.

En tanto, la diputada Ferráez Centeno presidirá la Comisión Permanente de Seguridad Social, supliendo con ello al legislador Wenceslao González.

En consecuencia, la Jucopo consideró pertinente este cambio, atendiendo la normativa interna, en la cual prevalece la representación de los diversos grupos legislativos.

Inicia Congreso campaña de vacunación contra la influenza a su personal

Inicia Congreso campaña de vacunación contra la influenza a su personal

Este 1 de octubre inició la campaña nacional de vacunación contra influenza y como resultado de esta acción la presidencia de la Junta de Coordinación Política (Jucopo), a cargo del diputado Juan Javier Gómez Cazarín, instruyó al Servicio Médico del H. Congreso del Estado aplicar el biológico a las y los trabajadores de este Poder.

De esta manera, la Jefa del Servicio Médico, doctora Claudia del Rosario García Pérez, implementó, con el respaldo de la Secretaría de Salud estatal (SS), la campaña dirigida a trabajadores y sus familias, aplicando las dosis gratuitamente.

La funcionaria del Poder Legislativo recordó que el Servicio Médico a su cargo genera durante el año diversas campañas, enfocadas en el cuidado de la salud y la prevención de enfermedades de las y los trabajadores.

Explicó que estas medidas preventivas son fundamentales ante la presencia de diversos virus respiratorios.

En el contexto de la pandemia generada por el virus SARS-Cov-2, la funcionaria señaló. “Es imprescindible aplicarse la vacuna de la influenza, ya que tener Covid y tener influenza, pondría a la ciudadanía en una situación de extrema vulnerabilidad”.

Finalmente, puntualizó que el presidente de la Jucopo, diputado Juan Javier Gómez Cazarín, ha instruido reiteradamente al personal del Servicio Médico del Congreso local que se dé prioridad a la salud de los trabajadores. Por esa razón, “poner la vacuna el primer día del inicio de la campaña nacional, pone a los trabajadores en ventaja ante la próxima llegada de la temporada invernal”.

Municipios envían al Congreso, iniciativas para modificar su Código Hacendario

Municipios envían al Congreso, iniciativas para modificar su Código Hacendario

Para que los Ayuntamientos de Álamo Temapache y Amatlán de los Reyes, puedan obtener sustento legal en la aprobación de las diversas disposiciones de sus respectivos Códigos Hacendarios Municipales, fueron presentados durante la Quinta Sesión ordinaria de la Diputación Permanente de la LXV Legislatura, las concernientes iniciativas.

Las propuestas presentadas por autoridades municipales y aprobadas por unanimidad en días pasados por sus respectivos cabildos, fueron recibidas por el Congreso del Estado para su estudio y análisis.

Ambas iniciativas, fueron turnadas a la Comisión Permanente de Hacienda Municipal.

Propone diputada Mónica Robles reformar el Código Electoral del estado

Propone diputada Mónica Robles reformar el Código Electoral del estado

La diputada Mónica Robles Barajas presentó a la Diputación Permanente una iniciativa para reformar el Código Electoral del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, en relación con algunos preceptos, con vistas a una adecuada planeación y desarrollo de los procesos electorales.

En la propuesta legislativa, presentada durante la Quinta Sesión Ordinaria del Segundo Receso del Segundo Año de Ejercicio Constitucional, respecto al principio constitucional de paridad de género en el acceso a los cargos de elección popular, la diputada estima oportuno incorporar las bases para el desarrollo del mecanismo de asignación de los bloques de competitividad en el registro de candidatas y candidatos por ambos principios, mayoría relativa y representación proporcional.

El pasado 28 de julio de 2020, fue publicado en la Gaceta Oficial del Estado de Veracruz, número extraordinario 300 tomo II, el Decreto número 580, emitido por esta LXV Legislatura, con fecha 28 de julio de 2020, por el cual se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Electoral para el Estado de Veracruz y se reforman los artículos 22 y 171, ambos de la Ley Orgánica del Municipio Libre, relacionadas con el desarrollo del inminente proceso electoral 2021.

En dicha reforma, uno de los preceptos modificados fue el artículo 169 del Código Electoral, que ahora dispone que, el proceso electoral ordinario, inicia en la primera semana del año de la elección; esto es, a más tardar el 10 de enero de 2021, conforme al Calendario Gregoriano.

A partir de lo anterior, cualquier reforma que se pretenda realizar al citado Código, que modifique las fases de realización del citado proceso electoral local 2020-2021, debe realizarse en todas sus fases legislativas, a más tardar el próximo 5 de octubre, acorde a lo establecido para el caso, por el artículo 105 fracción II párrafo segundo de la Constitución General de la República; ante la cual, la presente iniciativa cumple la expectativa de tiempo y forma.

En este tenor, la reforma llevada a cabo el pasado 28 de julio, asienta las bases para que, los procesos electorales del estado, sean llevados a cabo con una reducción sustancial

de recursos, lo que representa una prioridad en estos tiempos en que, la austeridad en el gasto público, es un eje fundamental de nuestra Agenda Legislativa.

Además, la reforma introduce una avanzada regulación en materia de derechos político-electorales, al desarrollar lo relativo al fenómeno de violencia política contra las mujeres en razón de género, que establece las reglas para lograr de manera definitiva, la paridad de género en el acceso a los cargos públicos de elección popular.

Por otra parte, la reforma también tocó temas adicionales como la reelección de ediles, el sistema de medios de impugnación, ajustes al calendario electoral al compactar etapas del proceso electoral, entre otros.

Sin embargo, aún resulta necesario realizar precisiones al citado Código Electoral para un mejor desarrollo de la próxima jornada electoral, a efecto de contar con mayor certeza al momento del ejercicio de los derechos político-electorales de las y los ciudadanos, por lo que se propone reformar algunos preceptos para evitar el mayor número de incidentes durante su desarrollo.

En otras palabras, se proponen modificaciones que pueden mejorar técnicamente el contenido del Código en estudio, evitando redacciones imprecisas en el contexto de la materia que pretenden regular.

La diputada Robles Barajas considera en su propuesta que es “necesario realizar precisiones al Código Electoral para un mejor desarrollo de la próxima jornada electoral, a efecto de contar con mayor certeza al momento del ejercicio de los derechos político-electorales de las y los ciudadanos”.

Para su estudio y dictamen, la iniciativa fue turnada a las Comisiones Permanentes Unidas de Justicia y Puntos Constitucionales y de Organización Política y Procesos Electorales.

Propone PRI-PVEM actualizar preceptos del delito de incumplimiento de alimentos

Propone PRI-PVEM actualizar preceptos del delito de incumplimiento de alimentos

Con el objeto de restructurar los preceptos relativos al incumplimiento de obligaciones alimentarias en el Código Penal estatal, las y los integrantes del Grupo Legislativo de los Partidos Revolucionario Institucional y del Verde Ecologista de México (PRI-PVEM), presentaron una iniciativa de reforma a la denominación del capítulo II del título VIII “Delitos contra la Familia” del Libro Segundo y los artículos 236, párrafos primero y segundo, y 238, del citado Código.

De acuerdo a la propuesta de las diputadas Erika Ayala Ríos y Andrea de Guadalupe Yunes Yunes y de los legisladores Jorge Moreno Salinas y Antonio García Reyes, a quien sin motivo justificado deje de cumplir con la obligación de proporcionar alimentos a cualquier persona respecto de quien tenga la obligación legal de hacerlo, se le impondrán de uno a seis años de prisión y multa hasta de 200 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Las sanciones se incrementarán en un tercio, si la persona a la que no se le proporcionen alimentos cuenta con alguna discapacidad, trastorno o condición que le impida allegarse, por sí misma, de los recursos para atender sus necesidades de subsistencia.

Por otra parte se establece que este delito, Incumplimiento de la Obligación de Dar Alimentos, se perseguirá por querella del ofendido o de su representante legal y, a falta de éste, por el Ministerio Público, a reserva de que el juez que corresponda designe un tutor especial para los efectos de este precepto.

Tras exponer detalles sobre las sanciones establecidas en diferentes legislaciones de entidades del país respecto a este delito, se advierte que la obligación de dar alimentos puede estar a cargo de diversas personas; por lo que los autores de la iniciativa no consideran adecuado que el delito expresamente previsto en la ley penal para ese caso sólo se limite al supuesto de que el obligado sea el progenitor y que las víctimas únicamente puedan serlo las hijas o hijos.

Lo anterior, debido a que también podrían ser sujetos activos los ascendientes distintos a los padres, las y los hijos o descendientes diversos a éstos, las hermanas o hermanos y otros parientes colaterales, los tutores, las y los cónyuges y ex cónyuges y las y los concubinos y ex concubinos. En tanto que los pasivos, además de los hijos, podrían ser

los padres, hermanos, sobrinos, nietos, pupilos y quienes sostengan o hayan sostenido una relación de matrimonio o de concubinato con el deudor alimentario.

De esta manera, el PRI-PVEM propone, como sucede en otras entidades del país, que el delito de Incumplimiento de la obligación de dar alimentos se actualice no sólo cuando las víctimas sean las hijas e hijos sino, en general, cuando quien no los reciba sea cualquier persona con la que se tenga la obligación legal de hacerlo.

Con ello, se suprimiría el tipo penal de abandono de familiares, por carecer de razonabilidad jurídica y porque, adicionalmente, de la actual descripción de éste se desprende que, a pesar de su denominación, no en todos los casos se actualiza la relación familiar.

La iniciativa fue turnada, para el trámite legislativo correspondiente, a la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales.