Remiten a Congreso de la Unión iniciativa sobre sustracción de menores

Remiten a Congreso de la Unión iniciativa sobre sustracción de menores

Durante la primera sesión ordinaria, del tercer año de ejercicio constitucional, el Pleno de la LXV Legislatura avaló -con 33 votos- remitir ante el Congreso de la Unión la iniciativa presentada por la diputada Florencia Martínez Rivera, para incluir la sustracción de menores, entre los delitos que ameriten prisión preventiva, a través de la reforma al segundo párrafo del artículo 19 de la Constitución Política Federal.

Las integrantes de la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales coinciden con la autora que el bien jurídico tutelado es el bienestar personal, físico, moral y psicológico del menor de edad, por lo que la retención, sustracción u ocultamiento de menores constituye un comportamiento delictivo que atenta contra el interés superior del menor, vulnerando su derecho a un sano desarrollo integral de la personalidad, vivir en condiciones de bienestar y a la convivencia sana, libre y armoniosa con ambos progenitores.

En el mismo sentido, el ente dictaminador concuerda que los actuales medios establecidos en la Constitución Mexicana no están dando los resultados óptimos para prevenir y solucionar el problema toda vez que, al no estar tipificado como delito en el artículo 19 de la Carta Magna, el familiar que sustrae al menor no forzosamente es privado de su libertad como consecuencia de la conducta delictiva.

Por tal razón, -finaliza el documento- se estima viable que esta Soberanía avale la propuesta legislativa, elevada al Congreso de la Unión, para que este flagelo se incluya en el catálogo de delitos que amerite prisión preventiva oficiosa, garantizando los derechos de las niñas, niños y adolescentes.

Congreso local tendrá competencia en temas de bienestar social

Congreso local tendrá competencia en temas de bienestar social

Para extender la competencia de la misma y con ello atender lo concerniente a temas de la Secretaría de Bienestar y los programas para el desarrollo en el estado de Veracruz, el Pleno avaló el cambio de nombre de la Comisión Permanente de Desarrollo Social, Humano y Regional, por el de Comisión Permanente de Bienestar y Desarrollo Social.

Durante la sesión extraordinaria, la Comisión Permanente de Gobernación puso a consideración del Pleno este dictamen, resultado de la iniciativa presentada el pasado 28 de mayo por el diputado José Andrés Castellanos Velázquez, con lo que se reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Veracruz, en relación a la nomenclatura de la citada Comisión.

El dictamen, que registró 34 votos a favor y tres abstenciones, refiere que los programas para el desarrollo que implementa el Gobierno de México, a través de la Secretaría de Bienestar, tienen el objetivo de favorecer a los sectores más vulnerables de la sociedad, brindando apoyos como el Programa para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores, Pensión par el Bienestar de las Personas con Discapacidad, entre otros.

Asimismo, considera que ante estas políticas públicas que favorecen a un gran número de veracruzanos, resulta necesario reformar la denominación de la Comisión Legislativa de Desarrollo Social a fin de tener competencia en ellos y realizar un mejor trabajo en beneficio de la sociedad.

Plantean ajustar procedimientos en reconocimiento legal de hijos

Plantean ajustar procedimientos en reconocimiento legal de hijos

La diputada Montserrat Ortega Ruiz presentó una Iniciativa de Decreto que reforma y deroga diversas disposiciones del Código Civil del estado, en materia de reconocimiento de hijos, turnada para su estudio a la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales.

En concordancia con la progresividad de los Derechos Humanos, prevista en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la legisladora propone derogar la fracción II del artículo 299 que refiere a un acta especial para hacer constar el acto de reconocimiento de hijos que, eventualmente, se conflictúa con la disposición contenida en el artículo 704, que prevé la emisión de una nueva partida de nacimiento.

Asimismo, reformar el artículo 676, para establecer que los casos de reconocimiento de hijos quedan exceptuados de la anotación marginal que ahí se establece, y reformar el artículo 704 para precisar que, cuando se haga un reconocimiento de hijo o hija, se deberá expedir en lo subsecuente nueva acta de nacimiento con los datos objeto del reconocimiento conservando mismo número de acta y fecha de registro.

La reforma al artículo 706 eliminaría el plazo de quince días para enterar al Registro Civil en caso de que el reconocimiento se haga por cualquier otro medio, permitiendo que el trámite se pueda realizar en cualquier momento, garantizando la validez del acto jurídico. Además de reiterar que la nueva acta debe expedirse según las formalidades establecidas en el artículo 704.

Por último, plantea también reformar el artículo 708, para precisar que los actos registrales de reconocimiento de hija o hijo deben insertarse en el libro respectivo y, una vez asentada la nota marginal, no se publicará constancia del acta anterior.

Nombres de espacios públicos también se traducirían a lenguas originarias

Nombres de espacios públicos también se traducirían a lenguas originarias

Durante la primera sesión ordinaria del tercer año de ejercicio constitucional, el diputado León David Jiménez Reyes, presentó una iniciativa que reforma la fracción I del artículo 50 de la Ley Orgánica del Municipio Libre, para que dentro de las atribuciones de la Comisión Municipal de Comunicaciones y Obras Públicas, contemple cuando sea posible, en la denominación de nombres de calles, plazas, jardines y paseos públicos, una traducción del español a la lengua originaria que se hable en el municipio.

En su exposición de motivos, el legislador señaló que el objetivo de la propuesta es fomentar el conocimiento de las lenguas originarias arraigadas en la entidad, al tiempo de otorgar su justa dimensión e importancia generando con ello una inclusión social articulada a un sentimiento de pertenencia y de hermandad.

Además, continuó Jiménez Reyes, de promocionar la cultura y se incentive el turismo reactivando la economía, impulsando la creación y conservación de empleos.

Asimismo, señaló que en Veracruz de acuerdo a datos proporcionados por la Academia Veracruzana de las Lenguas Indígenas (AVELI), se registran 12 lenguas con profunda presencia poblacional: Náhuatl, Totonaca, Huasteco, Popoluca, Otomí, Chinanteco, Zapoteco, Mazateco, Tepehua, Zoque, Mixteco y Mixe.

A pesar de los enormes esfuerzos gubernamentales, puntualizó el diputado, “no siempre son conocidas, incluso hasta por quienes habitan el municipio donde se hablan, lo que advierte que se tiene que hacer más al respecto”.

Finalmente, advirtió que siendo el Municipio el primer ente de gobierno, es fundamental realizar la presente propuesta con la intención que habitantes y visitantes, mientras utilizan los espacios mencionados, adquieran conocimientos en torno a la lengua originaria de la zona.

La iniciativa fue turnada a la Comisión Permanente de Gobernación para su estudio y dictamen.

Impulsa diputado Eric Domínguez iniciativa que busca proteger los Centros Históricos

Impulsa diputado Eric Domínguez iniciativa que busca proteger los Centros Históricos

Debido a la importancia que revisten los Centros Históricos de cualquier ciudad, al ser la parte más antigua, que contiene edificaciones y construcciones resultado de un producto social entre pobladores locales y foráneos, el diputado Eric Domínguez Vázquez presentó una iniciativa que busca reformar y adicionar disposiciones a las Leyes de Patrimonio Cultural; Orgánica del Municipio Libre y a la de Desarrollo Urbano, Ordenamiento Territorial y Vivienda, todas del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

El diputado del Distrito VI, de Papantla, expuso que el interés de esta iniciativa radica en modificar las leyes antes mencionadas para dotar a los Centros Históricos de los municipios el carácter de Patrimonio Cultural en el estado de Veracruz. Esto, debido a que resulta importante reconocer el patrimonio que se crea constantemente, cotidianamente, en los espacios públicos.

De esta manera, se pretende reformar el artículo 28 de la Ley de Patrimonio Cultural para establecer que bajo ninguna circunstancia serán modificados los Centros Históricos de su carácter original, salvo que por algún motivo exista causa que obligue su modificación por cuestiones de fuerza mayor, producto de un desastre natural y que ante tal situación se ponga en riesgo la integridad física y/o vida de la población.

Asimismo, se plantea adicionar la fracción XXX Bis al artículo 35 de la Ley Orgánica del Municipio Libre para incorporar como atribuciones del Ayuntamiento el proteger, preservar y mantener la originalidad de los Centros Históricos que albergan las cabeceras municipales.

Además, se reformaría el inciso e) de la fracción I del artículo 8 de la Ley de Desarrollo Urbano, Ordenamiento Territorial y Vivienda para el Estado para señalar que corresponde a los municipios, en el ámbito de sus jurisdicciones, promover inversiones y acciones de conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población, con base en los programas de desarrollo urbano de orden municipal.

Así también, con la finalidad de conservar sus fachadas originales, se deberá mantener, preservar y resguardar el centro histórico de las ciudades que albergan las cabeceras municipales.

En su intervención en Tribuna, el diputado Domínguez Vázquez recordó que en 2001 la Secretaría de Turismo Federal creó el Programa Pueblos Mágicos, teniendo como principal objetivo proteger y resguardar la riqueza cultural de las ciudades o poblados. “Hasta el día de hoy hay 121 lugares en México que cuentan con esta denominación, de los cuales Veracruz tiene 6 lugares: Coatepec, Coscomatepec, Orizaba, Papantla, Xico y Zozocolco de Hidalgo”.

Destacó que Veracruz cuenta con dos patrimonios culturales de la humanidad, derivado del reconocimiento otorgado por la Unesco, los cuales son la zona de monumentos históricos de Tlacotalpan y la ciudad prehispánica del Tajín, en Papantla. “Esta última ciudad, además, está inscrita desde el 2009 en el Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad por la Ceremonia Ritual de los Voladores de Papantla”, precisó.

Tras su lectura en Tribuna, la presidenta de la Mesa Directiva, diputada Adriana Paola Linares Capitanachi, instruyó remitir la iniciativa a las Comisiones Permanentes Unidas de Gobernación y de Desarrollo Urbano, Ordenamiento Territorial, Vivienda y Fundo Legal, para su estudio y dictamen.

Aprueba Veracruz reformas federales de juventud, movilidad y seguridad vial

Aprueba Veracruz reformas federales de juventud, movilidad y seguridad vial

El Pleno de la LXV Legislatura aprobó la Minuta remitida por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, que reforma la fracción XXIX-P del artículo 73 y adiciona un último párrafo al artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de juventud.

En la apertura del primer periodo ordinario de sesiones, correspondiente al tercer año de ejercicio constitucional, la Mesa Directiva, presidida por la diputada Adriana Paola Linares Capitanachi, puso a votación de las y los diputados esta Minuta, que registró 44 votos a favor, sin abstenciones o votos en contra. Con ello se da cumplimiento a lo establecido en el Artículo 135 constitucional federal.

De esta manera, Veracruz respalda esta reforma federal, con lo que se darían facultades al Congreso de la Unión para expedir leyes que establezcan la concurrencia de la Federación con los estados, los municipios y, en su caso, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en materia de derechos de niñas, niños y adolescentes, velando en todo momento por el interés superior de los mismos, así como en materia de formación y desarrollo integral de la juventud, cumpliendo con los tratados internacionales de los que México es parte.

En el artículo 4° se establece que el Estado promoverá el desarrollo integral de las personas jóvenes, a través de políticas públicas con enfoque multidisciplinario, que propicien su inclusión en el ámbito político, social, económico y cultural del país.

Se prevé que el Congreso de la Unión expedirá la Ley General en Materia de Personas Jóvenes, en el plazo de un año, a partir de la publicación del presente decreto. En tanto, las Legislaturas de las entidades federativas, realizarán las adecuaciones normativas necesarias para cumplir con los fines establecidos, dentro de los 180 días siguientes a la expedición de la Ley General en materia de Personas Jóvenes.

-Aprueban Minuta de movilidad y seguridad vial-

De igual forma, la LXV Legislatura aprobó, con 40 votos, la Minuta de la Cámara de Diputados que reforma la fracción XXIX-C del artículo 73; el inciso a) de la fracción V y la fracción VI del artículo 115, y el párrafo segundo del Apartado C del artículo 122; y se

adiciona un último párrafo al artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de movilidad y seguridad vial.

De esta manera se señala, en el artículo 4°, el derecho de toda persona a la movilidad en condiciones de seguridad vial, accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión e igualdad.

Se establece como facultad del Congreso de la Unión el expedir leyes que establezcan la concurrencia del Gobierno Federal, los estados, los municipios y, en su caso, de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en materia de asentamientos humanos, con objeto de cumplir los fines previstos en el párrafo tercero del artículo 27 de la Constitución, así como en materia de movilidad y seguridad vial.

Los municipios, en los términos de las leyes federales y Estatales relativas, estarán facultados para formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal, así como los planes en materia de movilidad y seguridad vial.

Cuando dos o más centros urbanos situados en territorios municipales de dos o más entidades federativas formen o tiendan a formar una continuidad demográfica, la Federación, los estados y los municipios respectivos, planearán y regularán de manera conjunta y coordinada el desarrollo de dichos centros, incluyendo criterios para la movilidad y seguridad vial, con apego a las leyes federales de la materia.

Se precisa que el Congreso de la Unión deberá expedir, en un plazo que no excederá de 180 días contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, la Ley General en Materia de Movilidad y Seguridad Vial.

El Congreso de la Unión deberá armonizar, en lo que corresponda, y en un plazo que no excederá de 180 días contados a partir de la entrada en vigor de la Ley a que se refiere el artículo anterior, la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, de acuerdo con los dispuesto en el presente Decreto y la referida Ley.

La diputada Deysi Juan Antonio manifestó desde la Tribuna su respaldo a la Minuta, al considerar que el derecho humano a la movilidad garantizará a las y los ciudadanos el libre desplazamiento, con la implementación de políticas públicas y programas para el desarrollo de transporte de acuerdo a las necesidades de cada entidad. Secundó la postura a favor la diputada Ana Miriam Ferraéz Centeno.