Busca Congreso reformas legales para fomentar reciclaje de llantas

Busca Congreso reformas legales para fomentar reciclaje de llantas

El diputado local Alexis Sánchez García presentó a la Diputación Permanente una iniciativa para reformar diversas disposiciones de la Ley de Prevención y Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos y de Manejo Especial del Estado de Veracruz a fin de fomentar y regular el reciclaje de llantas de desecho en la entidad.

La exposición de motivos de la iniciativa señala que en Veracruz se generan cada año 2.1 millones de neumáticos de desecho, cuyo destino principal son tiraderos a cielo abierto, por lo que son una fuente de contaminación y un riesgo para la salud pública.

Dentro de los problemas ambientales que más impacto acarrea el mal manejo del tratamiento final de las llantas usadas de desecho, encontramos los riesgos de incendios; la proliferación de fauna nociva; el volumen que ocupan en rellenos sanitarios acortando su vida útil; y la contaminación visual que degrada la calidad de vida de quienes habitan en sus cercanías.

La industria del reciclaje, señala el legislador, ofrece una serie de ventajas ambientales, sociales y económicas de gran beneficio para México, al crear fuentes de empleo, generar nuevos mercados de bienes de consumo como: topes, señalamiento de tránsito, materia prima para asfalto, cemento hidráulico, pisos, empaques, uso en pastos sintéticos, pistas deportivas, entre otras.

De ahí que se proponga, de manera específica, que las llantas que sean desechadas deban destinarse para su reciclado, tratamiento y disposición final, a centros de acopio, que cuenten con la tecnología necesaria para cumplir con dichos fines, añadió.

En caso de ser aprobada la iniciativa, las llantas deberán ser recogidas y transportadas como cualquier otro residuo sólido de los ya previstos en la ley, pero en lugar de ser destinadas a rellenos sanitarios o basureros como hasta ahora se realiza en algunos casos, deberán ser entregadas a dichos centros de acopio para su atención final.

Para su análisis y dictamen la iniciativa fue turnada a la Comisión Permanente de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático.

Habrá eclipse de Luna este otoño; checa cuándo verlo

Habrá eclipse de Luna este otoño; checa cuándo verlo


Con la entrada del otoño, habrá dos eclipses, una solar y uno lunar, sin embargo, el de sol no podrá ser visible desde México, pero el lunar sí podrá ser visible desde el país, informó José Enríquez de la Sociedad Astronómica de Veracruz.

¿Cómo y cuando verlo?

Dijo que el eclipse penumbral de Luna ocurrirá el próximo 30 de noviembre, en donde la luna se oscurecerá parcialmente.

Dijo que el eclipse podrá observarse en su mero punto a las 4:00 horas (de madrugada) y las personas podrán salir a verlo con binoculares o telescopios.

Detallo que el eclipse iniciará desde las 12:00 horas, a las 2:30 empezará a oscurecerse y a las 4:00 la luna se verá opaca y después volverá a ser brillante como se acostumbra.

Asimismo, explicó que este fenómenos astronómico que esta misma noche y la noche de mañana se estará dando una conjunción astronómica, en la que la luna está en conjunción con el planeta Júpiter.

Gracias a este fenómenos se podrá ver dos estrellas muy brillantes junto a la luna, se trata de Jupiter y Saturno, que estarán danzando.

Plantea diputado Omar Miranda proteger el patrimonio de adultos mayores

Plantea diputado Omar Miranda proteger el patrimonio de adultos mayores

El diputado Omar Guillermo Miranda Romero presentó a la Diputación Permanente una iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un párrafo al Artículo 2280 del Código Civil para el Estado de Veracruz que tiene como finalidad proteger al adulto mayor, titular de una propiedad inmueble, su legitimación y voluntad del derecho a donar a favor de la o las personas que considere, evitando se abuse de la condición y la buena fe de ellos para obtener un beneficio.

El coordinador del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional (PAN) manifestó que, de esta manera, no existirá la posibilidad que una vez donado su patrimonio sobrevenga el desinterés y la indiferencia por parte de sus descendientes y demás parientes e inclusive de aquellos quienes se vieron beneficiados mediante la donación y que el adulto mayor quede en condiciones de desamparo total.

Al presentar su iniciativa durante la Cuarta Sesión Ordinaria, del Segundo Receso, el legislador subrayó que actualmente el Código Civil estipula como nula la donación que comprenda la totalidad de los bienes del donante, si éste no se reserva en propiedad o en usufructo lo necesario para vivir según sus circunstancias. “Es decir, se protege el derecho de la persona adulta mayor a contar con una vivienda en la parte de su vida que mayores desventajas le representa”.

Expone que la nulidad debe ser solicitada ante la autoridad jurisdiccional, pero no se establece de forma alguna que el notario tenga la facultad de establecer en el contrato de donación el usufructo vitalicio cuando el donante o su cónyuge, sea una persona mayor de 65 años.

En su propuesta, el diputado Omar Miranda destaca que como legisladores debe salvaguardarse la integridad y el patrimonio de todas las personas. Por lo que esta iniciativa busca garantizar que las personas mayores disfruten de los bienes, para que con esta medida se limite y prevenga que puedan ser víctimas de engaños o de abusos, así el Estado privilegia su protección.

De esta manera, la redacción del Artículo 2280 quedaría de la siguiente forma: “Es nula la donación que comprenda la totalidad de los bienes del donante, si éste no se reserva en propiedad o en usufructo lo necesario para vivir según sus circunstancias”.

“Cuando el o los donantes sean personas de 65 años o más, se deberá acreditar que no se comprende la totalidad de sus bienes, pudiendo acreditarse mediante una declaración bajo protesta de decir verdad ante el notario público que expida el instrumento público de donación, en caso de no hacerlo, se deberá incluir, obligadamente, la cláusula de usufructo vitalicio sobre los bienes otorgados a los donatarios”.

Para su estudio y dictamen, la iniciativa fue turnada a la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales.

Garantizar alimentos a hijos de personas divorciadas, plantea PRI-PVEM

Garantizar alimentos a hijos de personas divorciadas, plantea PRI-PVEM

El Grupo Legislativo Mixto Partido Revolucionario Institucional-Partido Verde Ecologista de México (PRI-PVEM) presentó una Iniciativa de Decreto que reforma el Artículo 248 del Código Civil para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, cuyo propósito es garantizar a hijas e hijos de personas divorciadas el derecho constitucional de recibir alimentos.

Las diputadas Erika Ayala Ríos y Andrea de Guadalupe Yunes Yunes y los diputados Jorge Moreno Salinas y Antonio García Reyes, integrantes de este grupo legislativo, refieren que una de las figuras jurídicas más relevantes que prevé la ley civil es la de garantizar plenamente los alimentos a través del aseguramiento de los mismos.

El artículo en mención dispone que “el aseguramiento podrá consistir en hipoteca, prenda, fianza, depósito de cantidad bastante a cubrir los alimentos o cualquier otra forma de garantía suficiente a juicio del órgano jurisdiccional, siendo necesario solicitar que dicha garantía cubra mínimo un año la pensión alimenticia decretada, así como la fecha precisa a partir de la cual el deudor alimentario deberá realizar dicho aseguramiento”.

Los proponentes señalan que, en el nivel nacional, el estado de Veracruz se encuentra entre los primeros lugares en materia de denuncias por incumplimiento de obligaciones de asistencia familiar, de acuerdo con los reportes de incidencia delictiva del fuero común, emitidos por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

En respuesta a la necesidad de establecer una garantía diversa a la pensión alimenticia “para asegurar que ante algún hecho que genere la imposibilidad de que el deudor alimentario continúe con el pago de la pensión, la garantía se pueda cobrar a efecto de salvaguardar los alimentos de los acreedores alimenticios”.

Consideran la posibilidad de que el deudor renuncie a su trabajo o sea despedido, caso en el cual, no habrá manera de hacer efectivo el cumplimiento de la obligación con la inmediatez que requiere la satisfacción de los alimentos, en tanto que de ellos depende la subsistencia del acreedor, de ahí que el mismo monto no puede tener una doble naturaleza.

La propuesta del PRI-PVEM establece. “En ningún caso la forma de obtener el cumplimiento oportuno de la obligación alimentaria, consistente en la retención de un porcentaje o monto del salario del deudor alimenticio como pago de la pensión correspondiente, podrá considerarse, a la vez, como garantía para asegurar su cumplimiento, por lo que deberá constituirse otra para ese objeto, de entre las señaladas en este artículo, a fin de garantizar los derechos de las personas que reciban alimentos”.

Con dicha propuesta, consistente en reformar el artículo 248 del Código Civil del estado, estiman, puede contribuirse a evitar numerosos problemas que se presentan ante el recurrente incumplimiento de las obligaciones de asistencia familiar y que dejan a los acreedores alimentarios, en su mayoría niñas, niños y adolescentes, en un estado total de vulnerabilidad, por la naturaleza de las necesidades que deben satisfacerse a través de las pensiones alimenticias.

De acuerdo con el artículo 239, párrafo primero, del mismo Código Civil, se entiende por alimentos “lo que provea sustento, habitación, vestido, asistencia médica, se incluirán los gastos de embarazo y parto en cuanto no estén cubiertos de otro modo; gastos de educación desde educación inicial hasta el nivel licenciatura o equivalente; recreación, transporte y otros, conforme a las posibilidades económicas y el capital que le pertenezca o posea quien ha de darlos. Se tomarán en cuenta las necesidades y el nivel de vida acostumbrado por la persona beneficiada, para su normal desarrollo físico y psíquico”.

La iniciativa fue turnada para su estudio a la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales.

Reforma obligaría a Poder Judicial a publicar todas sus sentencias

Reforma obligaría a Poder Judicial a publicar todas sus sentencias

La diputada Adriana Paola Linares Capitanachi presentó una iniciativa de reforma a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Veracruz para que el Poder Judicial de Veracruz esté obligado a presentar una versión pública de todas sus sentencias.

La reforma propuesta atendería al mandato del Congreso de la Unión cuyas reformas en ese sentido a la Ley General de Trasparencia y Acceso a la Información Pública –vigente en todo el país- entraron en vigor el pasado 13 de agosto y que señalan un plazo de 180 días para que los Congresos de las entidades federativas homologuen las Leyes locales con aquella. El plazo se vence el 9 de febrero de 2021.

De acuerdo a la redacción actual de la Ley, el Poder Judicial debe presentar una versión pública de sus sentencias sólo en los casos que las considere “de interés público”, clasificación que recae en el propio criterio del sujeto obligado y que está abierta a una interpretación subjetiva. La reforma a la fracción primera del artículo 18 del ordenamiento veracruzano los obligaría a publicar “todas”.

Esta transparencia se traduce en un mecanismo para evaluar la forma en que se imparte justicia; para visibilizar y dar seguimiento a las sentencias discriminatorias o estereotipadas que en algunos casos afectan principalmente a las mujeres, y para detectar también actos de corrupción, nepotismo, amiguismo o pactos para los puestos, señaló la legisladora.

Recordó que los criterios del Congreso de la Unión, con los que se dijo coincidente, es necesario fomentar la rendición de cuentas por parte de las juezas, jueces, magistradas o magistrados, para sujetar su labor pública al escrutinio de la ciudadanía; y que la transparencia judicial es esencial para poder generar indicadores y análisis que permitan evaluar la función jurisdiccional.

Por lo que hace a los Poderes Judiciales, las sentencias son el indicador idóneo para medir el desempeño y cumplimiento de los objetivos y fines institucionales, añadió.

En algunos órganos del Poder Judicial de Veracruz ha prevalecido hasta ahora la práctica voluntaria de publicar todas sus sentencias. Sin embargo, la reforma es necesaria porque la medida ya no será voluntaria, sino obligatoria y por lo tanto será extensiva a todos los órganos jurisdiccionales, comentó.

La diputada Linares Capitanachi es presidenta de la Comisión de Gobernación y vocal de la Comisión de Transparencia, Acceso a la Información y Parlamento Abierto.

La iniciativa fue turnada, para su estudio y dictamen, a la Comisión Permanente de Transparencia, Acceso a la Información y Parlamento Abierto.