En la sesión, octava ordinaria de este periodo, la Comisión Permanente de Hacienda del Estado puso a consideración del Pleno este dictamen, el cual tras la apertura del tablero electrónico registró 34 votos a favor, 9 en contra y una abstención.
De acuerdo al texto del dictamen, todas las fuentes de ingresos, tanto de origen estatal como federal, están reguladas en la legislación fiscal y hacendaria respectiva, así como en los convenios de coordinación y colaboración correspondientes, cumpliendo con el principio de legalidad constitucional.
Esta Ley de Ingresos se integra por los siguientes rubros: participaciones federales que representan el 39.97 por ciento; Convenios Federales 5.49 por ciento; Ingresos de Gestión el 5.16 por ciento; Aportaciones Federales, 44.59 por ciento; Ingresos por Venta de Bienes, Prestación de Servicios y Otros Ingresos provenientes de los Organismos Públicos Descentralizados (OPD), 1.87 por ciento; Fondos de Distintas Aportaciones, 1.59 por ciento, y los Incentivos Derivados de la Colaboración fiscal 0.43 por ciento.
Los ingresos provenientes de la Federación representan una aportación del 91.73 por ciento de los ingresos estatales y de la diferencia, el 6.40 por ciento corresponde a ingresos propios o de gestión y los Ingresos por Venta de Bienes, Prestación de Servicios y Otros Ingresos de los OPD, que representan el 1.87 por ciento.
La contribución estatal más importante que se estima recaudar es el Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal que representa el 77.98 por ciento del total de los impuestos y se calcula un incremento nominal del 16.32 por ciento.
Para el caso de Veracruz y de acuerdo con la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, los ingresos de libre disposición para el ejercicio fiscal 2022 serán de 51 mil 696 millones 576 mil 319 pesos, que representa un aumento de alrededor de 9.11 por ciento respecto al presente ejercicio fiscal.
A través del artículo noveno transitorio se autoriza al Ejecutivo estatal para que, a través de la Secretaría de Finanzas y Planeación (Sefiplan), efectúe la administración y recaudación del Impuesto Predial por cuenta y orden del Municipio que lo solicite, de conformidad con el artículo 2-A de la Ley de Coordinación Fiscal, previa celebración del Convenio de Colaboración Administrativa, el cual deberá contar con aprobación del Congreso del Estado y ser publicado en la Gaceta Oficial del Estado.
En su posicionamiento, por el Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional (PRI), el diputado Marlon Eduardo Ramírez Marín subrayó que en esta Ley de Ingresos no se tiene previsto todos los ingresos propios del estado y deja fuera el tema de la inflación. “Hay inconsistencias de recursos federales que están subestimados, no están siendo considerados”, afirmó.
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