Con esta reforma, señala la dictaminadora, se colocará a este tema como prioritario en las acciones gubernamentales de todos los niveles de Gobierno, prevaleciendo el interés superior de la niñez y dando garantías a los derechos de las niñas, niños y adolescentes, a través de la adopción de todas las medidas administrativas y legislativas para hacer efectivo los derechos reconocidos por las instancias internacionales.
Con el fortalecimiento de los Sistemas Municipales de Protección a Niñas, Niños y Adolescentes (SIPINNA), dice el dictamen, se busca su consolidación para que se visualicen como instancias primordiales de la organización municipal, debidamente instaladas y con los recursos que permitan su óptima operación, tanto de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Municipal de Protección Integral y de la Procuraduría Municipal de Protección, así como para la ejecución del Programa Municipal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes.
En este sentido, al ser instituciones de primer contacto con las niñas, niños y adolescentes, es esencial visualizarlas como parte de la estructura de los Ayuntamientos, debidamente instalados, toda vez que son el vínculo con las autoridades estatales y federales, así como con los sectores social y privado enfocados al servicio de la comunidad.
Tanto la Secretaría Ejecutiva del Sistema Municipal de Protección Integral y de la Procuraduría Municipal de Protección, así como para la ejecución del Programa Municipal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, contarán con recursos que permitan su óptima operación.
Además, se pretende que exista una mayor comunicación entre la Secretaría Ejecutiva Estatal con sus homólogas municipales, contribuyendo al enriquecimiento de acciones de asesoría y capacitación especializada para el personal municipal, haciendo más eficaz sus competencias en el ejercicio de sus funciones.
También, se robustecerán los programas municipales de protección integral a través de nuevas bases en el diseño y ejecución, contribuyendo para que las políticas públicas en la materia, sean delineadas a partir de diagnósticos sobre el cumplimiento y protección de los derechos de la niñez y la adolescencia, con la participación de los sectores involucrados.
Dentro de sus transitorios se señala que el Ejecutivo del Estado, así como los Ayuntamientos, tendrán un plazo de 180 días, a partir que entre en vigor el Decreto, para realizar las adecuaciones reglamentarias y normativas necesarias.
La obligación de elaborar, aprobar y ejecutar los Programas Municipales de Protección a Niñas, Niños y Adolescentes, será aplicable para todos los Ayuntamientos que entren en funciones el primero de enero de 2022, y deberá considerarse en su Plan Municipal de Desarrollo.
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